¿Te puedes deducir la reforma en el IRPF?
Quedan 60 días para hacer y pagar las obras en tu vivienda: el plazo acaba el 31 de diciembre de 2026.
Si mejoras la eficiencia energética de tu vivienda o de tu edificio, puedes restar de lo que pagas en el IRPF entre el 20 % y el 60 % de lo que te cuesten las obras, con límites. Responde cuatro preguntas y te decimos cuánto y qué tienes que hacer.
Tu resultado
Qué tienes que hacer, en orden
- Certificado energético antes de empezar. Lo firma un técnico (arquitecto, aparejador o ingeniero) y muestra la letra de tu vivienda hoy.
- Obras y pagos dentro de plazo. Paga por transferencia, tarjeta o cheque nominativo y guarda las facturas a tu nombre. El efectivo no cuenta.
- Certificado energético después de las obras. Tiene que demostrar la mejora y estar expedido dentro de plazo.
- Declaración de la Renta. La deducción se aplica en la del año en que se expide el certificado posterior.
De dónde salen estas cifras
- Reducir la demanda de calefacción y refrigeración: 20 % de hasta 5.000 € al año. Las obras reducen al menos un 7 % la demanda de calefacción y refrigeración, según el certificado de eficiencia energética.
- Mejorar el consumo de energía primaria no renovable: 40 % de hasta 7.500 € al año. Las obras reducen al menos un 30 % el consumo de energía primaria no renovable, o la vivienda pasa a tener calificación energética A o B.
- Rehabilitación energética del edificio: 60 % de hasta 5.000 € al año (máximo 15.000 € en total). Las obras del edificio reducen al menos un 30 % su consumo de energía primaria no renovable, o el edificio pasa a calificación A o B.
- Necesitas un certificado de eficiencia energética antes de empezar las obras y otro después; la mejora se acredita comparándolos.
- La deducción se aplica en la declaración del año en que se expide el certificado posterior a las obras.
- Las subvenciones que recibas por las mismas obras se restan de la base de la deducción.
- Los pagos tienen que hacerse por banco, tarjeta, transferencia o cheque nominativo: los pagos en efectivo no cuentan.
- En la rehabilitación del edificio, lo que supere la base anual de 5.000 € se puede deducir en los cuatro años siguientes, hasta 15.000 € en total.
Fuentes oficiales, comprobadas el 2 de noviembre de 2026:
- Agencia Tributaria: novedades tributarias del Real Decreto-ley 7/2026
- Agencia Tributaria: medidas en materia de tributación (Real Decreto-ley 7/2026)
- BOE: Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (texto consolidado)
- Agencia Tributaria: Manual práctico de Renta, cuadro resumen de deducciones por obras de mejora de eficiencia energética
Esta calculadora es orientativa y no sustituye a un asesor fiscal. Solo incluye las deducciones estatales: algunas comunidades autónomas tienen las suyas propias. Algunas condiciones de detalle aún las estamos comprobando y no las mostramos hasta tenerlas confirmadas.